Procesos Ejecutivos

Se busca la satisfacción de un derecho cierto pero insatisfecho, a través de un instrumento negociable denominado títulos valor

Cualquier documento constitutivo de una obligación clara, expresa e actualmente exigible

Nuestros clientes 

Acreedores singulares, hipotecarios, prendarios

Deuda constituida en mora por el deudor o vencida dependiendo el tipo de vencimiento de los títulos valores.

Busca abogados de confianza

Problemas que Resuelve el Servicio

  • Recuperación de obligaciones judiciales y prejudicialmente

Componentes del Servicio (Qué Hacemos Realmente)

  • Gestión prejudicial 
  • Investigación de medidas cautelares 
  • Diligenciamiento de títulos valores 
  • Presentación de demanda ejecutiva 
  • Perfeccionamiento de medidas cautelares 
  • Notificación de los demandados 
  • Ejecución de los bienes garantías del proceso 
  • Recuperación de las obligaciones 
  • Descarga de los títulos valores objeto de la obligación

Beneficios de Contratar a

Ruhe Abogados

para Este Servicio

  • Mas de 2000 procesos de experiencia en la materia ejecutiva 
  • Técnica jurídica en la presentación de las acciones ejecutivas 
  • Investigación exhaustiva de las garantías que respaldan la obligación 
  • Diligencia y velocidad en la gestión de cada proceso
  • Vigilancia activa de cada proceso y su respectivo expediente 
Testimonial section

Riesgos de

no actuar o

no tener asesoría

¿Qué pasa si el cliente no contrata abogado o actúa tarde?

  • Prescripción del derecho incorporado en el instrumento negociable (título valor)
  • Caducidad de la acción ejecutiva
  • Insolvencia de los deudores y sus garantías para el pago de las obligaciones 
  • No pago de las obligaciones civiles y/o comerciales

Requisitos / Documentos Necesarios del Cliente

  • Negocio jurídico causal (Contrato y/o convención)
  • Título valor (pagaré, letra de cambio, factura de venta, cheque, etc.)
  • Información del deudor para su investigación 

Límites, Excepciones o Condiciones Especiales

  • Obligaciones prescritas 
  • Título valor destruido 
  • Obligación no cuenta con los requisitos del título ejecutivo (Claro, expreso y actualmente ejecutivo) 
  • Falta de legitimación por mera tenencia

Casos Reales del Servicio

Caso 1

Resultado

Caso 2

Resultado

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto cuesta la recuperación del título valor?

Se deberá determinar el monto de la obligación a recuperar, usualmente se tazan los honorarios sobre el 30% de la totalidad de la deuda.

La prescripción al denominarse como el mero paso del tiempo y la inactividad del actor, desde el punto de vista judicial es inviable, sin embargo, esto no restringe la posibilidad de realizar una gestión comercial de cobranza para recuperar la obligación

Es una garantía personal, utilizada como respaldo del deudor principal de la obligación, en caso de que este no cuente con garantias suficientes para la recuperación de la obligación, recordemos que el deudor solidario, de conformidad con las obligaciones solidarias del código civil, se obliga solidariamente al pago total de la obligación a preferencia del acreedor.

Al deudor principal, codeudor, fiador, avalista, tercero que se obligue en favor del deudor, entre otros…

La duración depende de varios factores, tales como, las garantias existentes para la recuperación de la obligación, la intención de pago del deudor (recordemos que este termina con el pago y no con una sentencia) el juzgado que conozca del proceso, los embargos existentes y entre otros…

Si una vez realizada el estudio de garantías y/o medidas se identifican bienes suficientes para la recuperabilidad de la obligación, si será viable. 

Si se puede, sin embargo, se limitaría la posibilidad de recuperar la obligación, en tanto que no existen garantías para su recuperación. 

Cuando el acreedor inicio la acción ejecutiva en contra de los deudores y uno de estos se acogió al proceso de insolvencia de persona natural no comerciante y pequeño comerciante, el proceso ejecutivo deberá continuar contra el deudor que no se acogió al proceso de insolvencia, pues como se manifestó anteriormente el acreedor conserva la facultad de perseguir la solidaridad por pasiva a cualquiera de los deudores a su arbitrio, de allí que estos al momento de suscribir la obligación se obligan de manera autónoma e independiente al pago total de la obligación, salvo que de manera expresa el acreedor renuncie a la solidaridad por pasiva. Esto es que frente al requerimiento judicial el acreedor desista de continuar la acción ejecutiva contra el deudor que no se ha sometido al proceso de insolvencia.

Si, de conformidad con el codigo sustantivo del trabajo, el salario minimo es inembargable, no obstante, se podrá embargar hasta 1/5 parte de lo que exceda el salario mínimo, tratándose de cooperativas y créditos de alimentos, hasta el 50% del salario, incluso el salario mínimo. 

Si, de conformidad con el articulo 593 del código general del proceso, podrá efectuarse el embargo de bienes sujetos a registro (inmuebles y muebles) como medida cautelar para la recuperabilidad de la obligación.

Las garantías que posee el deudor, tales como, salarios, bienes inmuebles, muebles, establecimientos de comercio, entre otros. 

Attorney

¿Sabes cuáles son

los plazos legales

  • Demandar Max dentro de los 3 años siguientes a la fecha de vencimiento, esto es, antes de que el titulo prescriba.
  • Si existe clausula aceleratoria, con el no pago de un instalamento es suficiente para exigir el pago total de la obligación. 
  • Si no tiene fecha de vencimiento, un año contado a partir de la fecha tentativa de creación del título.